jueves, 3 de mayo de 2012

II. Análisis de la Cultura Tributaria: un acercamiento a la “moral tributaria” y su impacto en el financiamiento del Estado y los programas de Defensa y Seguridad

RESUMEN

De acuerdo a investigación del Centro de Investigaciones Económicas (CIEN) existen 4.9 millones de guatemaltecos en edad y capacidad de trabajar. Lo alarmante es que un 75% de estos guatemaltecos que forman parte de la Población Económicamente Activa (PEA) lo hacen desde el sector informal, posicionando a nuestro país en el primer lugar en Centroamérica.  El  33% del PIB podría ser, interpretando a los funcionarios del CIEN, la porción perteneciente a la economía informal, la cual, en su gran mayoría, no transfiere recursos al fisco por concepto de impuestos.  La baja recaudación fiscal también está asociada a la evasión fiscal. La evasión tributaria es un fenómeno complejo. No existen causas ni soluciones únicas, y la forma en que se presenta en cada sociedad tiene características completamente idiosincrásicas. En Guatemala el incumplimiento fiscal se ha convertido a través de los años en un problema estructural, con consecuencias económicas y sociales muy graves, persistiendo un núcleo duro de evasión amplio, que no parece reaccionar ante los numerosos intentos realizados por el Estado: mayor fiscalización, castigos más severos, campañas de concienciación fiscal o premios para incentivar el pago. Si bien no hay cifras precisas, se estima que más de 70% de la economía guatemalteca se encuentra en la informalidad. Como objetivo general se busca: determinar la razón por la cual la evasión de impuestos es una limitación importante para el desarrollo del estado; y como específicos: i- establecer la razón por la cual el ciudadano guatemalteco muestra resistencia al pago de sus impuestos; ii- establecer cuál es la debilidad del sistema impositivo en Guatemala que impide obtener una recaudación fiscal efectiva; y iii- determinar cuál es la causa del incumplimiento de los contribuyentes en Guatemala en el pago de sus obligaciones tributarias. A manera de conclusión se puede afirmar que el incremento presupuestario para programas de defensa y seguridad no  podría operar automáticamente por el sólo hecho de que aumenten los ingresos fiscales como consecuencia del fortalecimiento de las acciones de fomento de cultura tributaria en los ciudadanos guatemaltecos, sino que depende de la voluntad política de los gobernantes de turno.

I.            INTRODUCCION


Seguramente cuando las autoridades tributarias del país tabulan, cuantifican y conocen los montos provenientes de los ingresos fiscales, siempre se preguntarán sobre el porqué de la razón de los bajos niveles de recaudación. Uno de los factores determinantes de los bajos niveles de ingresos tributarios es la evasión tributaria, la cual está asociada a la desconfianza por el uso de los recursos públicos que hace el gobierno y, especialmente, de la pobre cultura tributaria del ciudadano guatemalteco.Es indiscutiblemente justificado que el Estado se provea de medios por el camino de los impuestos, de donde deriva la obligación de pagarlos  para la persona obligada  a ello.El artículo 135 inc. d) de la Constitución de la República de Guatemala “Son derechos y deberes de los guatemaltecos, además de los consignados en otras normas de la Constitución y leyes de la República, los siguientes: ... d) Contribuir a los gastos públicos, en la forma prescrita por la ley".

En ese sentido, el problema a investigar es el siguiente: ¿De qué manera se puede mejorar la captación de ingresos fiscales para asegurar un efectivo y eficiente financiamiento al Estado para la ejecución de sus  programas de defensa y seguridad?;por lo que, la suposición fundamental que guiará nuestro proceso investigativo queda planteada así: “La manera de mejorar la captación de ingresos fiscales que garantice un efectivo financiamiento al Estado para la ejecución de sus programas de defensa y seguridad, es a través del  cumplimiento permanente de los deberes tributarios con base en la razón, la confianza y la afirmación de los valores de ética personal y respeto a la ley".

En la  primera parte del trabajo se expone que en todas las economías del mundo,los Estados tienen la obligación de proveer a la sociedad un conjunto determinado de bienes y servicios públicos, y para cumplir con esta responsabilidad es necesario obtener niveles adecuados de ingresos fiscales, de donde deriva la necesidad de que los ciudadanos cumplan con sus obligaciones tributarias.  Seguidamente se explican ampliamente los conceptos de cultura y moral tributaria para, finalmente, concluir con  un análisis sobre  el impacto que podría producir en los programas de seguridad y defensa un incremento en los ingresos fiscales. 

II.           Análisis de la Cultura Tributaria: un acercamiento a la “moral tributaria” y su impacto en el financiamiento del Estado y los programas de Defensa y Seguridad.


No hay nada que ledisguste más a las personas que intenten meterse con sus bolsillos. Todo tributo, por el hecho de ser gabela, tiene congénitamente inconvenientes y molestias (Díaz Vasconcellos, 1966).

En todas las economías del mundo, los Estados tienen la obligación de proveer a la sociedad un conjunto determinado de bienes y servicios públicos con el objeto de promover el bienestar económico, social, y a la redistribución de la riqueza. Para cumplir con estas responsabilidades, es necesario obtener niveles adecuados de ingresos fiscales. Por eso resulta crucial comprender mejor los múltiples inconvenientes que enfrentan los gobiernos al momento de recaudar impuestos de la población, un proceso arduo que en algunas economías suele derivar en tasas elevadas de incumplimiento e informalidad.

De acuerdo a investigaciones realizadas por el Centro de Investigaciones Económicas (CIEN) existen 4.9 millones de guatemaltecos en edad y capacidad de trabajar. Lo alarmante es que el 75% de los guatemaltecos que forman parte de la Población Económicamente Activa (PEA) lo hacen desde el sector informal, posicionando a nuestro país en el primer lugar en Centroamérica.  El  33% del PIB podría ser, interpretando a los funcionarios del CIEN, la porción perteneciente a la economía informal, la cual, en su gran mayoría, no transfiere recursos al fisco por concepto de impuestos.

La situación de las finanzas públicas en Guatemala es complicada. Existen crecientes demandas y necesidades por parte de la población en distintos ámbitos, lo cual está acompañado de recursos escasos para poder atenderlas.  A esto debemos agregar que el Estado guatemalteco es poco eficaz en llevar a cabo sus funciones, entre las que se incluye el cobro de impuestos (ICEFI,2008).

La capacidad de recaudación tributaria se halla sujeta a variables de distinta naturaleza social, siendo una de ellas, a mi juicio la más importante, convencer a los ciudadanos de su obligación de contribuir al sostenimiento de los gastos del Estado así como de la transparencia del manejo de los recursos públicos. 

Existe un consenso más o menos generalizado de que el Estado debe cumplir funciones protagónicas en la solución de algunos de los problemas urgentes de la sociedad, en especial en lo relativo a educación, salud, seguridad, defensa y justicia.  Sin embargo cuando se trata de implementar las políticas tendentes al fortalecimiento de estos servicios, se encuentra con que el problema central es la falta de recursos económicos para atender las necesidades del país. 

III.         Cultura Tributaria


La cultura tributaria se puede concebir como el conjunto de rasgos, creencias y modos de vida que adopta la sociedad en relación a la cancelación de los tributos.

Corredor y Díaz (2007) la consideran como: "...la conciencia o conocimiento de la norma, establecida constitucionalmente, que obliga a todos los individuos integrantes de la nación a contribuir, mediante el pago de tributos, en la satisfacción de las necesidades de la colectividad" .

Citando nuevamente a Corredor y Díaz (2007) la cultura tributaria también puede ser comprendida como: "... el conocimiento reflexivo del ser humano en cuanto a la bondad del pago de los tributos, lo que le lleva a cumplir natural y voluntariamente con sus obligaciones tributarias" .

Por tal motivo, la cultura tributaria implica una responsabilidad individual de los ciudadanos en cuanto al modo de concebir el pago de los tributos y su deber con la nación.  Se habla de individualidad en el sentido de que cada contribuyente asume una cultura tributaria propia,  es decir, que sobre la base de cierto comportamiento cultural, que caracteriza la sociedad, el individuo adquiere aquellos elementos que se adopten a sus intereses.

En Guatemala, la Superintendencia de Administración Tributaria ha impulsado el Programa Permanente de Cultura Tributaria[1], que responde a una estrategia de largo plazo orientada al objetivo de hacer sostenible el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias con base en principios, valores y actitudes congruentes con el deber ciudadano de contribuir a que el Estado de Guatemala cumpla con sus fines constitucionales.

Este Programa se articuló en torno a tres ejes de trabajo: información, formación y concienciación, en tanto que sus proyectos y actividades se inscriben en tres esferas de proyección pública, interrelacionadas entre sí: la educación, la divulgación y la promoción de la participación social.Como reflejo de un concepto amplio de servicio al cliente, las acciones de Cultura Tributaria están dirigidas tanto al contribuyente actual como al futuro contribuyente (niños y jóvenes), al no contribuyente y, en general, a las personas, empresas e instituciones vinculadas directa o indirectamente con los procesos de recaudación tributaria en Guatemala.

La importancia de la cultura tributaria está en la propia persona quien es la que acepta  el sitio que le corresponde en la sociedad, por lo cual, desarrolla un sentido de solidaridad para con los demás.  Asimismo, el cumplimiento de esas obligaciones lleva inherente el derecho y la legitimidad que tienen todos los ciudadanos de exigir al Estado el cumplimiento de sus obligaciones; sin embargo, hay que admitir que esta tarea es un proceso a largo plazo y que toma años alcanzar y desarrollar.

Adicionalmente,  se puede decir que con la cultura tributaria se pretende que los individuos de la sociedad tomen conciencia en cuanto al hecho de que es un deber constitucional aportar al Estado y comunicar a esa colectividad que las razones fundamentales de la tributación son el proporcionar al Estado los medios necesarios para que éste cumpla con su función primaria como lo es la de garantizar a la ciudadanía servicios públicos eficaces y eficientes.  

IV.        Moral tributaria y evasión


Es importante considerar que el pago de los impuestos es impopular para cualquier estrato social y que la "moral tributaria" tiende a debilitarse ante la presencia de prácticas de corrupción en la administración pública.La moral tributaria ha sido desde un inicio un factor importante en la explicación de la evasión tributaria. Lamoral tributaria son normas sociales que ayudan a definir la conducta de los miembrosde la sociedad estableciendo que está "bien" y que está "mal" respecto a los impuestos,más allá de los prescrito en las leyes.

La mayoría de países de América Latina enfrentan importantes desafíos en materia fiscal y tributaria. La capacidad para recaudar y gastar eficaz y eficientemente los recursos públicos -es decir, la capacidad fiscal- se ha visto seriamente limitada desde la perspectiva del Estado, por barreras político-institucionales y factores de orden técnico.  Uno de los determinantes de los niveles relativamente bajos de ingresos tributarios directos en América Latina es la evasión tributaria.  Así, mientras que en los países como en Guatemala la evasión de los impuestos sobre la renta se acerca al 70% y en Ecuador supera ampliamente 50%, en Francia y Gran Bretaña apenas alcanza 25% (Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, 2010).

Si bien el cumplimiento fiscal es un deber ciudadano y así suele ser entendido en las economías modernas por la mayoría de los individuos, el comportamiento frente al sistema tributario no siempre responde a lo que impone la norma, derivando en lo que habitualmente se denomina "evasión". Una de las cuestiones que se plantean cuando se explora la evasión en los países con niveles sustanciales de incumplimiento tributario, es cuál es el grado de moral tributaria en esa sociedad, surgiendo preguntas como: ¿la evasión fiscal ocurre por la ausencia de moral tributaria, es decir, por la carencia de normas o valores aceptados socialmente que establezcan que el no pago es algo incorrecto? ¿O el incumplimiento fiscal ocurre a pesar de la existencia de una moral tributaria?

La evasión tributaria es un fenómeno complejo. No existen causas ni soluciones únicas, y si bien diversas teorías generales intentan abordarla, la forma en que se presenta en cada sociedad tiene características completamente idiosincrásicas. En Guatemala el incumplimiento fiscal se ha convertido a través de los años en un problema estructural, con consecuencias económicas y sociales muy graves, persistiendo un núcleo duro de evasión amplio, que no parece reaccionar ante los numerosos intentos realizados por el Estado: mayor fiscalización, castigos más severos, campañas de concienciación fiscal o premios para incentivar el pago. Si bien no hay cifras precisas, se estima que más de 70% de la economía guatemalteca se encuentra en la informalidad.

Pero aunque la evasión fiscal responde a causas múltiples, un factor determinante y al mismo tiempo escasamente explorado, es la moral del contribuyente; es decir, como inciden los valores sociales, normativos o éticos de las personas en la decisión de pagar o evadir los tributos que le corresponden. En ese sentido las  conductas y actitudes morales pueden fortalecer o deslegitimizar los procesos democráticos. La cultura y los valores tienen un peso decisivo en el desarrollo. Las sociedades que cultivan valores que favorecen el pacto social y los reflejan en los sistemas fiscales mejorando los servicios (i.e. salud, educación, seguridad) facilitan su progreso económico, tecnológico y su competitividad.

Pero si los valores dominantes no consiguen luchar contra fenómenos como la evasión y el fraude fiscal, lo único que puede esperarse es que se debilite el tejido social y se produzcan hasta retrocesos en la cohesión social[2]que derivan en problemas estructurales más complejos.Es innegable que existe un círculo vicioso en la legitimidad fiscal del Estado: si su capacidad económica es baja debido al potencial fiscal erosionado por la evasión, éste no está en condiciones de ofrecer los bienes y servicios públicos que la sociedad demanda.Además, la limitada capacidad de la institucionalidad pública,es agravada en ciertas ocasiones por comportamientos inmorales públicos, lo cual dificulta que los ciudadanos se vean comprometidos en el sostenimiento fiscal del Estado.

Las características de la relación entre el Estado y los ciudadanos, definen gran parte del comportamiento fiscal. Los protagonistas de la relación tributaria (contribuyente y autoridad fiscal) opinan sobre la moral del otro y se califican a sí mismos como éticamente morales o inmorales de acuerdo a parámetros y principios fundamentales. El pago de impuestos depende no solo del ingreso neto esperado, sino también de variables cualitativas e intangibles como: los factores socio-demográficos, el  conocimiento del sistema tributario, los valores personales y ciudadanos, el sentido de pertenencia, la percepción de la reciprocidad, la solidaridad, entre otros.

Para asegurar el bienestar colectivo mediante la satisfacción de las demandas sociales, el Estado decide qué bienes y servicios públicos suministrar a los ciudadanos, y cómo distribuir entre ellos el coste de los bienes y servicios prestados. Esta relación o "contrato social" establece vínculos de reciprocidad entre el Estado y sus ciudadanos conformando el pacto fiscal entendido como el acuerdo sociopolítico básico que legitima el papel del Estado y el ámbito y alcance de sus responsabilidades en la esfera económica y social. Un pacto social implica la creación de una estructura organizada en la comunidad y determina como contraparte quienes son los que soportan el costo de financiarla. Sin embargo, cuandose produce una ruptura del contrato social por el mal uso o destino de los recursos públicos, se produce un mayor incumplimiento fiscal como una manera de ajustar cuentas. No obstante, la relación Estado-ciudadano va más allá de un simple contrato de contraprestaciones; se concreta en lo fiscal, como canal para alcanzar la justicia distributiva en la que los ciudadanos perciben el pago de impuestos de acuerdo a sus valores morales, como una contribución al bien común y actúan honestamente al aportar su contraparte, incluso si no reciben los bienes y servicios esperados por su contribución.

Al observar, a través de datos de percepción, los niveles de moral tributaria en diferentes regiones del mundo, se constata que pese a existir un alto apoyo generalizado hacia el pago de impuestos, los más bajos niveles de moral tributaria se registran en América Latina (84.9%), la región más desigual del planeta, mientras que los países de la OCDE[3]presentan los niveles más altos de moral tributaria (88.4%).

Es particularmente alarmante el caso de algunos países de América Central, como Honduras, Guatemala y El Salvador en los cuales el rechazo completo a la evasión fiscal ha perdido apoyo en más de 60% de personas encuestadas en el curso de diez años.

El deterioro de la moral tributaria en América Latina contrasta con la fuerte expansión económica registrada a principios de siglo.  Crecimos pero siguen subsistiendo enormes déficits sociales.  Queda, por consiguiente, una vez más confirmada la imperiosa necesidad de fortalecer las capacidades institucionales para recaudar y gastar eficaz y eficientemente los recursos públicos.  

V.          La ley del 80/20 en el pago de las obligaciones tributarias


Tal como quedó acotado anteriormente, el 75% de los guatemaltecos que forman parte de la población económicamente activa, lo hacen desde la economía informal; es decir, que en números aproximados es un veinte por ciento de la población económicamente activa la que cumple con sus obligaciones tributarias, mientras que el ochenta por ciento restante no pagan impuestos pero son demandantes de toda clase de servicios públicos.  La ley del 80/20 se sigue cumpliendo.

La ley del 80/20 es una regla determinada por Pareto basada en observaciones empíricas de la sociedad italiana de la época. Pareto se percató que el 20% de la población poseía el 80% de las riquezas, y comenzó a extrapolar esta relación a otros ámbitos: el 20% de las empresas generan el 80% de los beneficios, el 20% de los trabajadores generan el 80% del trabajo, etc.

En la actualidad la Ley de Pareto cuenta con multitud de aplicaciones en entornos tan dispares como pueden ser por ejemplo, el pago de impuestos y muchos otros campos, con la finalidad de mejorar la eficiencia, basándose en el principio que el 20% de los esfuerzos generan el 80% de los resultados.

Esta ley de la maximización de los mínimos esfuerzos también tiene vigencia y aplicación en el plano de los tributos ya que la totalidad de la recaudación tributaria en nuestro medio proviene  del veinte por ciento de la población económicamente activa, que es la que en realidad sostiene con su contribución la ejecución de los programas sociales y la prestación de servicios públicos.  En otro orden de ideas, el veinte por ciento de los contribuyentes subvenciona los servicios públicos al ochenta por ciento restante de la población quien no paga pero si demanda y utiliza los servicios de salud, educación, seguridad, infraestructura vial etc. 

VI.        Impacto por incremento en los ingresos fiscales


Con la cultura tributaria se pretende que los individuos de la sociedad involucrados en el proceso, tomen conciencia en cuanto al hecho de que es un deber constitucional aportar al Estado y comunicar a esa colectividad que las razones fundamentales de la tributación son el proporcionar a el país los medios necesarios para que éste cumpla con su función primaria como lo es la de garantizar a la ciudadanía servicios públicos eficaces y eficientes; así lo establece el artículo 135 inc. d) de la Constitución de la República de Guatemala “Son derechos y deberes de los guatemaltecos, además de los consignados en otras normas de la Constitución y leyes de la República, los siguientes: ... d) Contribuir a los gastos públicos, en la forma prescrita por la ley".
Ahora bien, que impacto podría producir un incremento sustancial en los ingresos fiscales vía recaudación en el financiamiento del Estado para la ejecución de sus programas de defensa y seguridad. Naturalmente que aumentar el nivel de cumplimiento tributario y reducir la evasión tributaria es el objetivo de mayor impacto en cuanto a resultados sustantivos, y se relaciona con las acciones que se realizan para lograr una mejora en el nivel de cumplimiento tributario de los contribuyentes y por ende una reducción de la evasión tributaria, buscando obtener la mayor recaudación posible a partir de lograr que quienes están obligados, paguen los impuestos que les corresponden; y de hecho, una concientización en los ciudadanos que los lleve al convencimiento de que sus impuestos serán correcta y apropiadamente invertidos de manera transparente,acompañado de un plan sistemático de erradicación de la corrupción en todos sus órdenes, daría como resultado un sustancial incremento de los ingresos fiscales que vendría a aliviar el problema de la falta de recursos económicos del Estado para atender las necesidades del país. Sin embargo, la pregunta obligada es ¿qué cantidad de esos recursos se utilizarían para programas de seguridad y defensa del país?
La respuesta a esta interrogante impone la necesidad de revisar lo que al respecto recogen los Acuerdos de Paz firmados en el año de mil novecientos noventa y seis como consecuencia de la terminación del enfrentamiento armado interno.
De los Acuerdos de Paz y especialmente del "Acuerdo sobre Fortalecimiento de Poder Civil y papel del Ejército en una Sociedad Democrática" se ha derivado actuaciones para definir las funciones del ejército pero no se ha logrado limitarlas a la defensa externa, como señalan los acuerdos mencionados, pues al no haberse materializado el Acuerdo sobre Reformas Constitucionales y Régimen Electoral, los cambios de fondo carecen de sustento legal. Así, desde 1996, la Política de Defensa no se modificó sustancialmente, aunque si se implementaron cambios en la composición de las fuerzas y su despliegue, que no dejan de tener importancia, pero que pertenecen al ámbito de la Política Militar propiamente dicha.

Así, en 1995 se desmovilizó a los Comisionados Militares y a las Patrullas de Autodefensa Civil y se suprimió la Guardia de Hacienda. También se procedió a la reducción de efectivos en un 33% lo que afectó únicamente a los elementos de tropa y un reducido número de especialistas por contrato (medida que generó una absoluta disfuncionalidad en la estructura del mando), el cierre de algunas instalaciones y la reducción del presupuesto a un 0.6% del PIB  que dicho sea de paso  no se realizó más que en el año 1998 y no se mantuvo pues en los años subsiguientes se ha venido percibiendo un 0.33% del PIB.
Desde este panorama, y dado que el presupuesto como instrumento de planificación financiera del gobierno que contiene las asignaciones dinerarias para cada uno de los Ministerios, es el Presidente de la República quien, en su proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado debe tomar la iniciativa de incrementar el renglón presupuestaría para los programas de seguridad y defensa del Estado o, por lo menos, mantener el 0.6% del PIB, y luego enviarlo al Congreso de la República para que éste, finalmente, lo apruebe, modifique o impruebe (arto. 171 de la Constitución de la República de Guatemala).  Es decir, que el incremento presupuestario para programas de defensa y seguridad no puede operar automáticamente por el sólo hecho de que el caudal de ingresos fiscales se vea incrementado como consecuencia del fortalecimiento de las acciones de fomento de cultura tributaria en los ciudadanos guatemaltecos.

VII.      CONCLUSIONES

A.         La cultura tributaria la entendemos como un conjunto de valores, conocimientos y actitudes compartidos por los miembros de una sociedad respecto a la tributación y la observancia de las leyes que la rigen, lo cual se traduce en una conducta manifestada en el cumplimiento permanente de los deberes tributarios con base en la razón, la confianza y la afirmación de los valores de ética personal, respeto a la ley, responsabilidad ciudadana y solidaridad social, tanto de los contribuyentes, como de los funcionarios de las diferentes administraciones tributarias.

B.         La obligación del ciudadano de contribuir a los gastos del Estado no es una simple recomendación o sugerencia, sino una obligación de carácter constitucional.

C.        La evasión tributaria esun factor importante que merma significativamente los ingresos del Estado.

D.        Cuando los impuestos son mal utilizados o se emplean en áreas que no le reportan ninguna clase de utilidad se produce una resistencia del contribuyente en el pago de los tributos.

E.        La cultura tributaria se puede considerar como un pilar indispensable para el fortalecimiento del sistema tributario del país, lo cual se traduciría en un aumento en los ingresos fiscales para el Estado.En ese sentido, el medio ideal para fortalecer las interacciones entre los contribuyentes y la cultura tributaria, es el fomento de procedimientos que le permitan a los individuos cambiar la idea errónea en relación al sistema tributario del país.

F.         Un incremento sustancial en los ingresos fiscales no necesariamente representaría una mejora en el presupuesto asignado a los programas de seguridad y defensa, ya que el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado es elaborado por el Ejecutivo y aprobado, modificado o improbado por el Congreso de la República de Guatemala.  Es decir, que el incremento a los gastos para programas de seguridad y defensa no varían en forma directamente proporcional al incremento de los ingresos fiscales sino más bien dependen de las políticas del gobierno de turno.






[1]En febrero de 2005, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) dio inicio a un programa integral para la formación de la cultura tributaria, el cual ahora constituye una de las 10 orientaciones estratégicas de la SAT para el período 2008 – 2011, en el marco del Plan Estratégico Institucional denominado “Fácil y Cabal”. En esa línea, durante 2008 han venido realizándose diversas acciones en los campos de la divulgación, la educación y la promoción de la Cultura Tributaria.

[2]La cohesión social designa, en sociología, el grado de consenso de los miembros de un grupo social o la percepción de pertenencia a un proyecto o situación común (no como hemos conocido en nuestro medio los programas sociales).
[3]Siglas de La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, que es una organización de cooperación internacional, compuesta por 34 estados, cuyo objetivo es coordinar sus políticas económicas y sociales. Fue fundada en 1960 y su sede central se encuentra en el Château de la Muette, en la ciudad de París, Francia. Los idiomas oficiales de la organización son el francés y el inglés.